Como ya habrás escuchado, el Consejo de Ministros/as celebrado el día 2 de diciembre ha aprobado el aplazamiento por un año de la entrada en vigor de la obligación del Verifactu.

Para ello ha publicado un Real Decreto Ley 15/2025, de 2 de diciembre, que contempla la modificación del Real Decreto 1007/2023 de 5 de diciembre, que contiene el denominado Reglamento Verifactu.

Con dicha modificación se ha decidido efectuar una nueva ampliación del plazo de exigibilidad de esta obligación, que quedaría de la siguiente manera:

  • Persona jurídicas sujetas al IS: Inicialmente previsto para el 1 de enero de 2026, pasa a 1 de enero de 2027.
  • Personas físicas que desarrollan actividad económica: Inicialmente previsto para el 1 de julio de 2026, pasa a 1 de julio de 2027.

Recordarte que este RD Ley tiene efectos con carácter inmediato (desde el día siguiente a su publicación en el BOE), pero debe ser convalidado en el Congreso de los Diputados/as en un plazo máximo de 30 días. 

Así pues, os mantendremos informados de cualquier novedad a este respecto y ampliaremos información conforme se vayan conociendo más detalles de esta medida.

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